Esto dijo el gobierno sobre los arriendos de bares, discotecas y gimnasios

 El ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, anunció que sectores productivos que deben permanecer más tiempo sin operar debido a la pandemia del Covid-19 podrán […]

Los bares y discotecas son quizá los más afectados por la pandemia. Ya en varias ocasiones han pedido ayuda al Gobierno. /FOTO: JAIME PÉREZ.

 El ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, anunció que sectores productivos que deben permanecer más tiempo sin operar debido a la pandemia del Covid-19 podrán hacer terminaciones unilaterales de contratos de arriendo, con una reducción de la tercera parte de la penalidad.

“Somos conscientes del momento difícil que viven algunos sectores a los que la realidad de los decretos de orden público les restringe su operación en un mayor plazo. Es el caso de los bares, de las discotecas, de los gimnasios, de los parques, entre otros temas. Se va a permitir, temporalmente, la terminación unilateral del contrato de arrendamiento”, dijo el ministro.

Se trata del decreto 797, por medio del cual se autorizan medidas transitorias y extraordinarias para la terminación unilateral de los contratos de arrendamiento de locales comerciales hasta el 31 de agosto de 2020.

En tal sentido, se deberá pagar el valor correspondiente a un tercio de la cláusula penal pactada en el contrato. En caso de inexistencia de esa aclaración, la medida establece la cancelación del monto de un canon de arrendamiento.

“El decreto propone una fórmula equilibrada para que los arrendatarios de locales comerciales que llevan más de 2 meses sin percibir ingresos y que no podrán abrir sus locales por la emergencia sanitaria, puedan terminar, de forma unilateral, sus contratos de arrendamiento, mediante el pago de una indemnización reducida”, explicó el ministro.

El pago de arriendo es una de las mayores preocupaciones de los dueños de bares y discotecas. /FOTO: JAIME PÉREZ.

El decreto cobija a las siguientes actividades económicas:

  • Bares, discotecas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video.
  • Gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles.
  • Cines y teatros.
  • Servicios religiosos que impliquen aglomeraciones.
  • Alojamiento y servicios de comida.
  • Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.

Para que los arrendatarios puedan beneficiarse de la medida será necesario estar al día con el pago de los cánones de arrendamiento, los servicios públicos causados y las demás obligaciones pecuniarias a su cargo.

Otras medidas

Hay que recordar que el Gobierno también había anunciado que todos los servicios de recreación, hoteleros  y turísticos tendrán una reducción del IVA hasta el próximo 31 de diciembre. De igual forma se les suspenderá la sobretasa a la energía.

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Habrá eliminación del anticipo de renta al sector del turismo, incluyendo alojamiento, agencias de viajes y transporte aéreo. Se les aplazará la contribución parafiscal de turismo, buscando darles caja en este segundo semestre.

En este sentido también habrá exención de IVA  a los restaurantes que operan como franquicias, hasta el 31 de diciembre. Se suma esto a la exención en el impuesto del consumo para ellos y se elimina el anticipo en renta a todos los restaurantes y actividades creativas.