
El Gobierno nacional, a través del decreto 768 del 30 de mayo del Ministerio de Transporte, por el cual se adoptan medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura, en el marco del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica, dicta nuevas disposiciones para el transporte público, en este caso el del gremio de los taxistas.
Según cita el documento, “el servicio de transporte de pasajeros individual tipo taxi podrá ofrecerse por cualquier medio a partir de las cero horas (00:00) del 1.° de junio de 2020”, eso sí, bajo todas las disposiciones y cumpliendo con todos los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Así que ahora no tendrá que limitarse a solicitarlos por aplicación y podrá tomarlos en la vía pública.
Sin embargo, se aclaró que esta excepción no se aplicará en ciudades como Bogotá, Cali, Barranquilla, Cartagena y Leticia, que siguen bajo estrictas medidas de confinamiento.