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La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 8 años de prisión en contra del entonces Juez Primero Penal del Circuito de Bello, Luis Armando Vásquez, por los delitos de concusión, cohecho propio, prevaricato por acción y prevaricato por omisión.
El exmiembro de la Rama Judicial junto con su defensa interpusieron un recurso de apelación frente a la condena de primera instancia, en la que además se le ordenó pagar una multa que supera los 206.000 Salarios Mínimos Legales Vigentes, por realizar actos irregulares en medio de su labor.
A Vásquez se le condenó por 3 casos puntuales, en los que según la Fiscalía, faltó a su ética profesional. El primer caso relaciona un preacuerdo que avaló en el cual no tuvo en cuenta factores importantes como los derechos de las víctimas, “toda vez que tasó, arbitrariamente, los perjuicios ocasionados por la acción criminal”.
En el mismo caso, el exjuez otorgó la rebaja de pena por indemnización de perjuicios sin atender lo previsto en la ley, por lo que la Fiscalía dvirtió, que “aquellas irregularidades no fueron simples equivocaciones, como quiera que por medio de prueba testimonial, se corroboró que el justiciable recibió la suma de $ 7.000.000 para favorecer al procesado dentro de radicado en mención”.
En el segundo caso, a Vásquez se le condenó por el delito de concusión luego de que a través de su compañera permanente, el exjuez sostuvo una reunión en su propio domicilio, a mediados de diciembre de 2018, con la pareja de un procesado a su cargo, la cual solicitó su ayuda en el caso.
El hombre, en su momento adujo que “tranquila que no se preocupe, que él va a escuchar que tiene la Fiscalía y va a escuchar que tiene la defensa y van a seguir en contacto, que no se preocupe que se van a estar comunicando y que no perdieran el contacto”.
En el tercer expediente, el exfuncionario otorgó la libertad a los indiciados Santiago Vergara Ramírez y Wilder Ramírez Vera, quienes estaban siendo investigados por un ilícito contra el patrimonio económico.
Según la Fiscalía, para tal determinación el exjuez consideró, como prueba sobreviniente, 2 declaraciones aportadas por la defensa en esa instancia, demostrándose que con el fin de emitir la mencionada decisión, Vásquez recibió la suma de $ 1.600.000.
Con los argumentos de la Fiscalía, en primera instancia Vásquez fue condenado, decisión que ratificó la Corte Suprema, que además le ordenó a la Dirección del establecimiento carcelario y penitenciario La Paz de Itagüí que se verifique el estado de salud de Vásquez.
“Teniendo en cuenta el riesgo de salud, solicitarle que informe al Juzgado de ejecución de penas que corresponda, cualquier deterioro de su condición de salud para estudiar la viabilidad de ordenar una la evaluación pericial pertinente”.
Dice el fallo.
Colprensa
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