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Con la aprobación por 67 votos contra 14, la plenaria del Senado de la República le dio vía libre a la ley por medio de la cual se reglamenta el acto legislativo de la cadena perpetua contra violadores y asesinos de niños.
El proyecto, que fue de autoría del Ministerio de Justicia, pasa a la sanción del presidente de la República, Iván Duque, y reglamenta los 3 elementos esenciales de la reforma constitucional del año pasado con la que se creó la prisión perpetua, su condición excepcional, el control automático de la pena ante el superior jerárquico-doble conformidad y la revisión de la pena en un plazo mínimo de 25 años, para evaluar la resocialización del condenado.
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El ministro de Justicia, Wilson Ruiz Orejuela, recordó que la pena de prisión perpetua tendrá control automático ante el superior jerárquico para cumplir con la doble conformidad. “Contiene la revisión de la resocialización del condenado en un plazo mínimo de 25 años. Sin embargo, deberá cumplir como mínimo de condena efectiva los 50 años de prisión establecida por el Código Penal y en caso de concurso de delitos, 60 años de prisión”.
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La ley incluye la reglamentación a la modificación del artículo 83 de la ley 599 de 2000 (Código Penal), para darle cumplimiento a la ley 2081 de 2021 en cuanto la imprescriptibilidad de la acción penal cuando se trate de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, del incesto o del homicidio agravado cometidos contra niños, niñas y adolescentes.
Explicó que la reglamentación de la prisión perpetua no anula las funciones de la pena que establece el Código Penal de prevención general, prevención específica, retribución justa y resocialización, para evitar una revictimización de las víctimas, sus familias y la sociedad misma.
Los sectores de la oposición se apartaron de la ley, como el senador Roy Barreras, que calificó la misma como un populismo punitivo del gobierno de Iván Duque.
Con información de Colprensa.
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